Menores y huella digital

El post de hoy está propiciado por el reciente nacimiento del nieto de unos buenos amigos. Ha sido un niño que ha nacido con todos los pronunciamientos favorables. Y, como es natural, lo primero que han hecho los padres ha sido hacer fotografías y difundirlas entre familia, amigos y conocidos vía Whastapp y otras redes sociales.

Y qué menos, diréis. Desde que existe la fotografía que los orgullosos padres han querido inmortalizar el nacimiento del hijo y enseñarla a cuanta más gente mejor. Y eso está muy bien, faltaría más, pero es que ahora tenemos una nueva variable que tenemos que considerar: la huella digital.

Antes las fotografías se enseñaban en un álbum de papel. Una vez vistas, el álbum se guardaba en un estante y hasta la próxima. Ahora, no. Las fotografías son digitales y se reproducen en la red a toda velocidad. Y quedan, sobre todo quedan para siempre. Y ese rastro del niño o de la niña, tan monos, quedan desde el nacimiento, incluso desde antes si los padres comparten las ecografías, y le acompañará toda la vida. E iremos añadiendo: los primeros pasos, el primer diente, el primer «papá» o «mamá» (esto en vídeo) y así hasta tener una recopilación de centenares de imágenes del bebé hasta que sea mayor de edad y pueda decidir. En ese momento su huella digital será muy extensa.

El problema

La primera obviedad es que cuando se sube una imagen a Internet, se pierde el control sobre ella.

A partir de ahí pueden pasar muchas cosas buenas, pero también de no tan buenas. En el primer caso, por ejemplo, que una empresa de publicidad nos ofrezca un contrato publicitario para explotar la imagen del niño. Pero del otro lado, nos podemos encontrar desde empresas que usen la imagen sin permiso hasta usar la foto para pornografía infantil en manos de pedófilos (grooming).

El Sharenting

Cómo no, Sharenting es un anglicismo que combina dos términos, share (compartir) y parenting (crianza).  Y describe la actividad de documentar exhaustivamente y compartir irreflexivamente en el mundo digital el crecimiento de los niños. Esto ocurre sobre todo en Facebook, Instagram y WhatsApp. Si la actividad es excesiva se denomina oversharenting.

¿Es legal publicar fotos de menores?

En España, la LOPD establece la mayoría de edad para que el menor pueda gestionar su privacidad en Internet en los 14 años. Esto quiere decir que si quiere publicar una foto lo puede hacer sin el consentimiento de los padres. Y los padres no pueden publicar una foto si el menor no lo autoriza. Si publican sin consentimiento se exponen a una sanción.

Por debajo de los 14 años, los progenitores o los tutores legales continúan teniendo todo el poder de decisión. Si el menor quiere crear un perfil en una red social, necesita autorización.

En el caso de parejas separadas, no puedes publicar fotos del menor sin consentimiento de la otra parte.

Recomendaciones

Más allá de la prudencia y el sentido común, podríamos apuntar algunos consejos.

  • Antes de subir una foto del menor, pensarlo dos veces. Todo lo que se publica, queda.
  • Y, una vez publicado, queda fuera de nuestro control.
  • Pensar a largo plazo. La foto que ahora es graciosa puede perjudicarle en el futuro
  • Cuidado con el contexto de la fotografía. Puede ofrecer mucha información como edad, estatus económico, ubicación (aparte del geoposicionamiento por los metadatos), la relación con otras personas, etc.
  • No publicar fotos del menor desnudo o en situaciones incómodas.
  • Leer las condiciones de servicio de las redes sociales.
  • Preguntar al menor, tan pronto como sea posible, si quiere que subamos la foto a Internet. No nos exime de responsabilidad pero facilita la reflexión e implica al menor en la decisión.
  • No publicar fotos de otros menores sin consentimiento de los padres (por ejemplo, fotos de cumpleaños o del colegio).
  • Supervisar los contenidos que el menor sube a la red.

Como recomendación genérica, seguir las indicaciones de la web is4k (Internet Segura for Kids), un portal de INCIBE. Está llena de buenos consejos explicados de forma amena y con contenidos para compartir con los menores.

¿Qué hacemos si queremos retirar las fotos (derecho al olvido)?

En general, no es una buena idea publicar fotos de niños en las redes sociales más allá de algunas hechas con cuidado y prudencia.

Pero si lo necesitamos, está a nuestro alcance el ejercicio del Derecho al olvido. La primera acción obvia, si nosotros no somos los autores, pedir al autor que la retire. Si no obtenemos resultado, el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) nos ampara en el ejercicio del Derecho de Supresión que, en el ámbito de Internet, se denomina Derecho al olvido. De eso ya hemos hablado y podéis encontrar más información aquí.

¡Como siempre, cuidemos a los menores y cuidémonos!

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