Zoom y tu Privacidad

Estamos viviendo tiempos complicados. Para muchos de nosotros es una situación inédita y, a menudo, angustiosa. Nos hemos tenido que hacer al confinamiento, el teletrabajo y, como no, al uso intensivo de las tecnologías de la información y la comunicación. Como decía en un post anterior, si algo tiene de bueno la situación, si se puede decir así, es la decidida transformación digital a la que nos hemos sometido todos de la noche a la mañana.

Hasta ahora, términos como videoconferencia, aplicaciones grupales o VPN (red privada virtual) eran términos que conocíamos de forma más o menos vaga. Ahora hablamos de Zoom, de Teams o de cuál es la mejor VPN como verdaderos expertos.

Y precisamente la presión bajo la que vivimos combinada con la necesidad de comunicarnos, trabajar y disfrutar en el confinamiento nos pone en una situación vulnerable. Y de ello sacan provecho desde los hackers con el phishing y otras estafas, como las empresas, en especial las tecnológicas. Y muy especialmente las de comunicaciones como es el caso del que hablamos hoy.

Leíamos el otro día en la revista VICE que la aplicación Zoom con iOS envía datos a Facebook, incluso si no tenemos ninguna cuenta de Facebook. Y esta transferencia de datos a Facebook no está explicada en la política de privacidad de Zoom.

Esta es una de las app que ha experimentado un crecimiento exponencial en esta crisis. Videochat con familia y amigos, reuniones de grupo de la empresa, conferencias y webinars, clases virtuales, servicios religiosos, citas a ciegas e incluso despedidas de soltero, por citar alguno de los servicios que presta Zoom estos días.

La cruz de la app está en la privacidad y la seguridad. No hay cifrado de extremo a extremo (por lo que puede ver la llamada) Y se está dando el efecto «zoombombing», es decir, trolls que intervienen en las llamadas difunden, peso ejemplo, pornografía. Para rematar, la compañía ha informado de que Zoom permite compartir los datos de miles de usuarios sin permiso. Zoom agrupa automáticamente los usuarios según el dominio pq entiende que pertenecen a la misma empresa. Y eso, que tiene ventajas como conexión rápida compartiendo correo, nombre e incluso, fotografía, no siempre es así.

Las ventajas de Zoom son evidentes, empezando porque es gratuita para uso personal. Hay que ver pero si las carencias observadas son tolerables y nos compensan. Caso contrario, buscar alternativas en el mercado.

Y, como siempre, prudencia y sentido común.

Sanción de 6.000€ de la AEPD a un restaurante por instalar cámaras sin cumplir el RGPD

De conformidad con las evidencias de las que se dispone en el presente momento de acuerdo de inicio del procedimiento sancionador, y sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción, se considera que el reclamado ha instalado hasta un total de ocho cámaras de video-vigilancia, sin informar debidamente y obteniendo imágenes de espacio público sin causa justificada.

Ver la Resolución de la AEPD

Si tienes un establecimiento abierto al público e instalas cámaras de vigilancia, debes cumplir con el RGPD. SI tienes dudas de cómo hacerlo, puedes consultarnos en consulta@tecnolawyer.com.

España, principal objetivo del troyano bancario Ginp que se hace pasar por buscador de casos cercanos de COVID-19

España, principal objetivo del troyano bancario Ginp que se hace pasar por buscador de casos cercanos de COVID-19

El troyano bancario Ginp, que se hace pasar por una herramienta web para revelar casos de contagiados cercanos por coronavirus , ha tenido un especial impacto en España, ya que el 83 por ciento de sus víctimas son españolas.

Leer más: Europa Press

COVID-19: PRORROGA DEL ESTADO DE ALARMA Y NUEVAS MEDIDAS SOCIALES -Excepciones despachos de abogados

Precisiones respecto al Real Decreto Ley 10/2020, de 29 de marzo de 2020:

  1. El Decreto Ley aplica a trabajadores por cuenta ajena, no para los autónomos, en las circunstancia que se describen en el mismo.
  2. Las excepciones que se refieren a despachos de abogados están reguladas en los apartados 14, 15 y 16 del Anexo (ver al final).
  3. Los autónomos se seguirán rigiendo por lo dispuesto en el art. 7.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19


COVID-19: PRORROGA DEL ESTADO DE ALARMA Y NUEVAS MEDIDAS SOCIALES

REAL DECRETO LEY 10/2020, DE 29 DE MARZO DE 2020:

Regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras (por cuenta ajena), del sector público o privado, cuya actividad no haya sido paralizada por la declaración del estado de alarma, de carácter obligatorio, entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020, ambos inclusive.

Quedan exceptuados de la aplicación de este permiso retribuido recuperable:

  • Los trabajadores que presten servicios en los sectores, así como en sus divisiones o en las líneas de producción, calificados como esenciales en el anexo del real decreto-ley.
  • Los trabajadores a los que se les esté aplicando un ERTE de suspensión de contratos, o se les vaya a aplicar durante la vigencia del permiso retribuido recuperable.
  • Los trabajadores en situación de baja por incapacidad temporal o cuyo contrato esté suspendido por otras causas legalmente previstas.
  • Los trabajadores que estén realizando teletrabajo, y puedan seguir desempeñándolo con normalidad.

 

ANEXO

No será objeto de aplicación el permiso retribuido regulado en el real decreto-ley a las siguientes personas trabajadoras por cuenta ajena:

14. Las que prestan servicios relacionados con la protección y atención de víctimas de violencia de género.

15. Las que trabajan como abogados, procuradores, graduados sociales, traductores, intérpretes y psicólogos y que asistan a las actuaciones procesales no suspendidas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y, de esta manera, cumplan con los servicios esenciales fijados consensuadamente por el Ministerio de Justicia, Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y las Comunidades Autónomas con competencias en la materia y plasmados en la Resolución del Secretario de Estado de Justicia de fecha 14 de marzo de 2020, y las adaptaciones que en su caos puedan acordarse.

16. Las que prestan servicios en despachos y asesorías legales, gestorías administrativas y de graduados sociales, y servicios ajenos y propios de prevención de riesgos laborales, en cuestiones urgentes.

Teletrabajo y Ciberseguridad en tiempos revueltos

Quizás el Covid-19 hará más por la transformación digital de la sociedad que todo lo que se ha hecho hasta ahora. Y tal vez, de golpe, nos damos cuenta de que ya no estamos en el imaginario País de Nunca Jamás de Peter Pan sino en un escenario VUCA [1] al que tenemos que hacer frente desde la responsabilidad. Y la Ciberseguridad es, sin duda, una materia que hasta ahora ha estado en un segundo plano y que tendrá mucho protagonismo a partir de ahora.

A partir de las medidas que se están imponiendo a la población para preservar su salud, el teletrabajo, forma de trabajar en la conectada sociedad del siglo XXI, se impone como clara alternativa a la habitual «presentismo», permaneciendo de una sociedad post industrial que cada vez tiene menos sentido para una gran parte de las empresas y los trabajadores.

[1] VUCA, es el acrónimo que se utiliza para describir los entornos caracterizados por la volatilidad, la incertidumbre, la complejidad y la ambigüedad. Este término procede de las siglas de las palabras inglesas volatility, Uncertainty, Complexity y Ambiguity.

Y Teletrabajo y Ciberseguridad son dos caras de la misma moneda. Y para que sea más seguro teletrabajar, os hacemos algunas recomendaciones a tener en cuenta.

    • Para la empresa
      • Disponer de una Política de Uso de Medios Tecnológicos, a disposición de los trabajadores
      • Política de Seguridad a través de un dominio
      • Disponer de una VPN (red privada virtual) que cifre las comunicaciones entre el equipo remoto y el servidor (prohibir el uso de redes públicas -aeropuertos, bares, etc.)
      • Revisar las credenciales de acceso (contraseñas). Comprobar que son seguras y cambiarlas con frecuencia
      • Implementar herramientas colaborativas como videoconferencia, chats, espacios de grupo, etc.
      • Mantener actualizados los servidores, routers, infraestructura de comunicaciones, etc.
      • Formar un equipo de comunicación + técnico que pueda resolver dudas, apoya e intervenir en caso de crisis
      • Formación de los trabajadores en la materia

 

    • Para el trabajador
      • Utilizar (a menos que no se pacte lo contrario) exclusivamente medios corporativos, siguiendo las indicaciones de la Política aprobada por la empresa.
      • Tener especial cuidado con la utilización de dispositivos propios (BYOD [1]): deben estar aprobados por la empresa y consentido por el trabajador (Política de Uso de Medios Tecnológicos)
      • Cifrar los dispositivos móviles (USBs, Discos duros, …) y las carpetas confidenciales en los portátiles
      • Tener mucho cuidado con las «fake news», el phishing [2], el scam [3], ficheros anexos, … El teletrabajo nos pone en una situación muy vulnerable (estamos en un lugar diferente, podemos tener problemas técnicos, distracciones, etc.) y tenemos que estar muy atentos a las amenazas.

Y, como siempre, prudencia y sentido común.

 

[1] Bring Your Own Device: traer el propio dispositivo
[2] Fraude de suplantación de personalidad
[3] Estafa nigeriana

COVID – 19: Lavarse las manos también en Ciberseguridad

Hemos aprendido estos días que la mejor profilaxis con el virus es lavarse las manos. Pues también debemos lavarnos las manos en el ámbito de la Ciberseguridad. Los cibercriminales no pierden ninguna oportunidad y con el coronavirus no es diferente.

Estos días, las redes llenas de noticias y consejos sobre el coronavirus y aunque muchos son adecuados y nos pueden ayudar, encontramos también todo tipo de engaños y estafas. Sí, a pesar de encontrarnos en una situación límite, hay gente sin escrúpulos decididos a sacar partido.

Pondremos un par de ejemplos. Uno muy reciente fue advertido por la empresa de seguridad Malwarebytes que encontró un sitio web que muestra un mapa de casos de coronavirus en todo el mundo, que estaba infectado con software malicioso. El sitio web infectado es una parte del sitio real de la Johns Hopkins University. Parece exactamente lo real; Si visitas el mapa con una vulnerabilidad en el navegador (porque, por ejemplo, no está actualizado) quedarás infectado, naturalmente no con Covidien-19, pero sí con un virus que puede poner en peligro tu empresa o tu vida personal, o las dos.

Otro ejemplo: las campañas de Phishing y otras estafas en cuenta del coronavirus. Los delincuentes se aprovechan del miedo, la ansiedad y la desinformación de los usuarios para enviar correos en nombre de supuestas instituciones o empresas con el ánimo evidente de estafar al receptor. Por ejemplo, los enviados supuestamente por la Organización Mundial de la Salud (OMS) con un link a una página de acceso falsa para intentar robar las credenciales de acceso del usuario. O correos vendiendo todo tipo de protecciones, reales o cibernéticas, que al final sólo quieren estafar.

Y con el virus ha venido un aumento masivo del teletrabajo. Esto supone generalmente entornos menos seguros (en casa no tenemos la infraestructura que tenemos en la empresa), nos faltan las rutinas que tenemos en el trabajo, nos cuesta más comunicarse con compañeros y, en definitiva, estamos más expuestos en términos de Ciberseguridad.

En estas circunstancias sólo podemos acudir a las instituciones de referencia y seguir sus indicaciones. En este caso, el INCIBE (Instituto Nacional de Ciberseguridad) para empresas y is4k por la familia (no olvidemos que estos días la gente joven, y los más pequeños, pasan muchas horas conectados, lo que quiere decir, expuestos).

Al final, como siempre, protegernos lo mejor que podamos y aplicar el sentido común.

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