{"id":57445,"date":"2022-05-06T12:16:57","date_gmt":"2022-05-06T10:16:57","guid":{"rendered":"https:\/\/tecnolawyer.com\/?p=57445"},"modified":"2022-05-06T12:22:03","modified_gmt":"2022-05-06T10:22:03","slug":"puede-el-cliente-devolver-un-contenido-una-vez-descargado-de-una-tienda-online","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tecnolawyer.com\/es\/puede-el-cliente-devolver-un-contenido-una-vez-descargado-de-una-tienda-online\/","title":{"rendered":"\u00bfPuede el cliente devolver un contenido una vez descargado de una tienda online?"},"content":{"rendered":"\n<p><em>A prop\u00f3sito de un encargo hecho esta semana para redactar las Condiciones de Contrataci\u00f3n de un e-commerce, surge la pregunta del cliente: <strong>\u00bfhay derecho al desistimiento por parte del cliente o usuario cuando se trata de la descarga de un contenido digital?<\/strong><\/em> <em>\u00a0Hablamos de los casos en que tras el pago correspondiente, el cliente baja un e-book, una plantilla, una pel\u00edcula o cualquier contenido digital de descarga otro similar.<\/em><\/p>\r\n<p>Cabe decir que el e-commerce del que hablamos es complejo por diferentes razones: venta de productos, servicios, cursos on-line, eventos; venta en diferentes pa\u00edses (en diferentes idiomas); varios sistemas de pago y env\u00edo y un gran volumen de clientes y transacciones, s\u00f3lo por mencionar algunas.<\/p>\r\n<p>Empezamos, primero, para definir lo que se entiende por contenido digital en el marco del eventual desistimiento. Por ello nos remitimos a la Ley por la Defensa de los Consumidores y Usuarios que, en su art\u00edculo 103.m, \"<em>Excepciones al derecho de desistimiento<\/em>\", dice \"<em>El suministro de contenido digital que <strong>no se preste en un soporte material<\/strong> cuando la ejecuci\u00f3n haya comenzado con el previo consentimiento expreso del consumidor y usuario con el conocimiento por su parte de que, \u00a0en consecuencia,<strong> pierde su derecho de desistimiento<\/strong>.<\/em> \"100<\/p>\r\n<p>Para que esta excepci\u00f3n sea v\u00e1lida, el contenido no debe prestarse en un soporte material, la ejecuci\u00f3n (la descarga) haya comenzado, el consumidor haya dado su consentimiento y haya sido informado de que no podr\u00e1 ejercer el derecho de desistimiento.<\/p>\r\n<p>No debe confundirse, por ejemplo, con contratos de prestaci\u00f3n de servicios que se pueden vehicular a trav\u00e9s de medios digitales. Pongamos por caso, una reserva de hotel que se hace mediante la compra de un pack digital que se descarga. Aqu\u00ed el consumidor s\u00ed tiene derecho a desistir del contrato durante un periodo de 14 d\u00edas naturales, sin indicar el motivo y sin coste ... (art\u00edculo 102 de la citada Ley).<\/p>\r\n<p>El objetivo de la excepci\u00f3n no es otro que <strong>garantizar el derecho del proveedor a no aceptar la devoluci\u00f3n de un producto descargable<\/strong>. Ser\u00eda ilimitado que, una vez lo has descargado y tenerlo a tu disposici\u00f3n, pudieras devolverlo, ya que has tenido acceso al contenido y, por tanto, haberlo disfrutado o haberlo disfrutado con terceros.<\/p>\r\n<p>Naturalmente, hay que garantizar el derecho de desistimiento en el comercio electr\u00f3nico de los usuarios. Pero tambi\u00e9n hay que velar por los intereses y derechos de los propietarios de comercios electr\u00f3nicos para evitar perjuicios indeseados.<\/p>\r\n<p>Como siempre, \u00a1id con cuidado en el mundo digital y, sobre todo, cuidaos!<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A prop\u00f3sito de un encargo hecho esta semana para redactar las Condiciones de Contrataci\u00f3n de un e-commerce, surge la pregunta ... <a title=\"\u00bfPuede el cliente devolver un contenido una vez descargado de una tienda online?\" class=\"read-more\" href=\"https:\/\/tecnolawyer.com\/es\/puede-el-cliente-devolver-un-contenido-una-vez-descargado-de-una-tienda-online\/\" aria-label=\"Leer m\u00e1s sobre \u00bfPuede el cliente devolver un contenido una vez descargado de una tienda online?\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":57443,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"inline_featured_image":false,"generate_page_header":"","footnotes":""},"categories":[250,262],"tags":[],"class_list":["post-57445","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-comercio_electronico-es","category-derecho-digital-es","generate-columns","tablet-grid-50","mobile-grid-100","grid-parent","grid-50"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tecnolawyer.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/57445","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/tecnolawyer.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tecnolawyer.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tecnolawyer.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tecnolawyer.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=57445"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/tecnolawyer.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/57445\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tecnolawyer.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/57443"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tecnolawyer.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=57445"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tecnolawyer.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=57445"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tecnolawyer.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=57445"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}